Comenzaremos diciendo que el género es la forma por la cual en todas las sociedades determinan las funciones, las actitudes, valores, y relaciones que conciernen al hombre y a la mujer. A partir de esto, se comienzan a diseñar las acciones específicas y la transversalidad de género. Al comprender que la desigualdad deriva de un sistema de poder entre hombres y mujeres determinado por los roles sociales, se deduce que es necesario el desarrollo de acciones específicas para corregir la situación de desigualdad hacia las mujeres y que para que todas las políticas respondan a las necesidades de hombres y mujeres, es necesario que introduzcan la perspectiva de género.
Relacionado con las teorías de género, es imprescindible tener en cuenta las siguientes ideas:
En primer lugar, el género no es sinónimo de mujer, si no que es una categoría de análisis acerca de las relaciones de los hombres y las mujeres.
Y en segundo lugar, en todas las políticas es necesario analizar tanto la situación de las mujeres como de los hombres. Al ser analizadas las relaciones entre ambos sexos se obtendrá una visión más completa de la realidad. Es decir, si por ejemplo al analizar la situación de una empresa, cuando se menciona los puestos de dirección, se dice que están ocupados por quince hombres, no se tiene la información suficiente para valorar la situación de las mujeres, en cambio, si se dice que quince hombres y dos mujeres, resulta mucho más fácil de concluir que existen obstáculos para la participación de las mujeres.
A pesar de que nuestra Constitución en su art. 14 reconoce expresamente el derecho a la igualdad y a la no discriminación por razón de sexo, los hechos demuestran que este principio no es tan fácil de aplicar en las relaciones sociales.
Con el objetivo de erradicar toda forma de discriminación es necesaria la incorporación de los poderes públicos, que se deben hacer responsables de conseguir no sólo la igualdad legal, sino una igualdad real. Para ello, se exigió que, al igual que con respecto a otros grupos, la desigualdad debería ser combatida desde el propio Estado con políticas adecuadas a este fin. En la medida en que estas demandas adquirieron legitimidad y consenso, en muchos países se comenzaron a implementar políticas públicas para corregir la desigualdad y la discriminación de las mujeres.
Nuestra Constitución en su art. 9.2 obliga a los poderes públicos a adoptar las medidas necesarias para remover todos los obstáculos para lograr la efectividad de los derechos reconocidos en el art.14.
Hoy las instituciones y la opinión pública son cada vez más conscientes de que, aunque las mujeres y los hombres sean diferentes, la desigualdad y la discriminación de género son incompatibles con la democracia.
Las políticas de igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres tienen como finalidad garantizar que las mujeres y los hombres puedan participar de forma igualitaria en todas las esferas de la vida económica, política, social, de toma de decisiones, etc., y en todas las actividades, ya sean educativas, de formación, culturales, de empleo, entre otras, de forma que se beneficien de igual manera en el desarrollo y progreso de la sociedad a la que pertenecen.
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