En el ámbito educativo también se promulgaron leyes para establecer la igualdad entre hombres y mujeres. La Educación no queda exenta de estas desigualdades, aunque, en la legislación actual se puede ver cómo se establecen protocolos a seguir en caso de que se produzcan. Sin embargo, está presente el currículo oculto, el lenguaje que se produce en las aulas, conversaciones, valores, etc. A continuación, se detallan algunas de las normativas existentes en el Plan de Igualdad en Educación, tomando como orden las fechas de promulgación:
En primer lugar, se conoce el Acuerdo de 2 de noviembre de 2005, del Consejo de Gobierno, por el que se aprueba el I Plan de Igualdad entre Hombres y Mujeres en Educación, en el cual se hace alusión a que la igualdad es un derecho básico de las sociedades democráticas y se establece dicho Plan de Igualdad. Desde la Consejería de Educación se tomó medidas para promover el desarrollo integral del alumnado en base a la igualdad de género. Por otro lado, se reconoce la necesidad de establecer cambios en el modelo educativo, eliminando la discriminación y el prejuicio, fomentando un incremento del acceso de las mujeres a las enseñanzas superiores mediante el planteamiento de objetivos y medidas de acción para ello. Además, propone tres principios de actuación:
- Dar visibilidad a las diferencias, para poder reconocer las desigualdades a las que las mujeres están sometidas, para poder evitarlas.
- Imposición de un enfoque transversal con la inclusión de una perspectiva de género en la comunidad educativa.
- La inclusión de las medidas y actuaciones educativas en el conjunto de la comunidad, para corregir los errores propiciados por una sociedad tradicional.
En segundo lugar, en la ORDEN de 15 de mayo de 2006, por la que se regulan y desarrollan las actuaciones y medidas establecidas en el I Plan de Igualdad entre Hombres y Mujeres en Educación, tiene por objetivo analizar el próspero progreso de las medidas anteriormente comentadas, aplicadas a centros educativos dependientes de la Comunidad Autónoma de Andalucía, sustentados con fondos públicos. Además, en el artículo 3, se expone que todos los centros tendrán una persona que será coordinadora responsable en materia de coeducación, con el objetivo de promulgar la igualdad de género, propondrá medidas para evitar y corregir en situaciones de desigualdad de género. Por otro lado, en el artículo 8, se hace referencia a la inclusión de contenidos respecto a la coeducación en los diseños curriculares de Andalucía.
Se continua con la Ley 12/2007, de 26 de noviembre, para la promoción de la igualdad de género en Andalucía, cuyo objetivo es promover el derecho de la igualdad entre hombres y mujeres para la consecución de una sociedad democrática y justa, extendida al sistema universitario de la Comunidad Autónoma de Andalucía. De igual modo, en el artículo 3, se atiende a las diversas definiciones que son de conocimiento imprescindible en materia de violencia de género, como, por ejemplo, discriminación directa, indirecta, representación equilibrada, transversalidad, acoso sexual, etc.
En el ACUERDO de 19 de enero de 2019, del Consejo de Gobierno, por el que se aprueba el I Plan Estratégico para la Igualdad de Mujeres y Hombres en Andalucía 2010-2013, pretende incorporar la perspectiva de género a la misma para poder establecer las bases de una sociedad igualitaria y efectiva, y tiene como objetivo el fomento de la sensibilización sobre la igualdad, la promoción de competencias para la inclusión de la Igualdad de Género en los docentes, eliminar los prejuicios culturales y estereotipos sexistas, etc. En base a estos objetivos, se estudiaron una serie de medidas adecuadas para el desarrollo de cada objetivo.
Por último, se analiza el ACUERDO de 16 de febrero de 2016, del Consejo de Gobierno, por el que se aprueba el II Plan Estratégico de Igualdad de Género en Educación 2016-2021, en el que se proponen cuatro objetivos fundamentales:
- El establecimiento de Plantes de Centros coeducativos a través de un currículo sin sesgos de género.
- Formar a la comunidad educativa en materia de igualdad de género, coeducación y prevención de violencia de género.
- Promulgar la sensibilización, prevención y erradicación de la violencia de género.
- Incluir la perspectiva de género en la Administración educativa.
REFERENCIAS WEB: