Fuente de imagen: https://www.coe.int/en/web/genderequality/what-is-gender-mainstreaming
Quisiera iniciar este comentario con una inquietud que se encuentra reflejada en un texto de María Bustelo y Emanuela Lombardo que dice lo siguiente: ¿pueden las mismas políticas de igualdad traicionarse a sí mismas al plantear medidas políticas que o bien reproducen el statu quo o bien dificultan el propio avance de la igualdad? (Bustelo y Lombardo 2005: 12). En este sentido, siguiendo la línea argumental planteada por las autoras resulta sumamente necesario analizar con una mirada crítica el contenido de las políticas que se precian de tener un enfoque de género, porque se corre el riesgo que sucedan dos cosas. Una de ellas es que la iniciativa solo lleve este concepto en la forma, es decir, que se trate de una enunciación superficial pero luego en el fondo no se observe una intención de horadar en las brechas y desigualdades existentes. O bien también puede darse algo que a veces es incluso más difícil de identificar, y es que la política precisamente termine dando lugar a la perpetuación, a mediano o largo plazo, de aquellos estereotipos que buscaba erosionar.
Ejemplo de lo mencionado es lo que sucede con ciertas políticas diseñadas para abordar la temática de la conciliación de la vida familiar y laboral, las cuales muchas veces no solo no simplifican ni derriban las barreras que impiden que mujeres y hombres puedan desarrollarse en estos ámbitos en igualdad de oportunidades y condiciones, sino que, al contrario de lo que discursivamente se busca, pueden reforzar la mirada de las mujeres como cuidadoras por excelencia y como responsables primarias del hogar.
En este sentido, creo que es clave analizar en profundidad las concepciones de las cuales se parte a la hora de diseñar o evaluar políticas públicas, dado que el significado y las explicaciones que se utilicen como marco teórico para dar cuenta de las desigualdades, ciertamente tendrán efectos empíricos a la hora de la redacción de estos instrumentos públicos y su aplicación en concreto.
El politólogo Thomas Dye (2005) sostuvo que una política pública es todo aquello que el gobierno decide hacer o no hacer, es decir, tanto la acción como la omisión estatal. De este modo, la ausencia de acción del Estado a través de sus instituciones en ciertos puntos clave, como podría ser el planteamiento de iniciativas de conciliación que no estén subrepticia o directamente dirigidas para mujeres, sino que, por el contrario, estén destinadas a implicar a los hombres en la corresponsabilidad del cuidado, nos dice mucho de los lineamientos conceptuales que guían ese (no) accionar estatal.
Asimismo, pienso que es fundamental prestar atención a los indicadores que se encuentran en esta clase de políticas, por ejemplo, los que es posible encontrar en los planes de igualdad tanto de los organismos públicos como de las empresas privadas. Esto es importante, porque muchas veces la medida esbozada puede parecer correcta o loable, pero si luego su indicador no se ajusta a la totalidad de lo planteado o es deficiente desde el punto de vista técnico, difícilmente pueda medirse en qué medida tuvo efectos esa acción y qué ajustes es necesario realizar para mejorarla.
Por último, considero que es preciso trabajar para diseñar políticas que transversalicen la perspectiva de género en forma horizontal y que incluyan un proceso de ida y vuelta con quienes serán parte de la misma. A su vez, es primordial tener una mirada sistémica desde el primer planteamiento y marco conceptual, hasta el desarrollo, seguimiento y evaluación; de modo tal de lograr modificar los estereotipos masculinos y femeninos cimentados en la sociedad y acabar con la desigualdad que muchas veces termina refractándose en las propias instituciones que deberían erosionarla.
Referencias bibliográficas:
Bustelo, M y Lombardo, E (2005) “¿Qué hay debajo de la alfombra de las políticas de igualdad? Un análisis de ‘Marcos interpretativos’ en España y en Europa”. Políticas de igualdad en España y en Europa. Afinando la mirada.
Dye, T. (2005) Understanding public policy. 11va. Edición. Nueva Jersey: Pearson Prentice Hall.