La discapacidad es una de las áreas importantes para actuar en la protección social de los ciudadanos y en los últimos años se han observado grandes avances en cuanto a políticas sociales que contribuyen a la integración de los discapacitados. En este comentario voy a realizar un análisis de la mujer discapacitada y la discriminación que les afecta en las distintas facetas de la vida social, concretamente en el plano laboral.
La población europea, incluida la española, mantiene tasas de actividad más altas en el caso de los hombres que de las mujeres. Los sistemas de protección social, entre los que se encuentran la protección de las personas con discapacidad, han constituido una forma de ‘’seguridad’’ a los ciudadanos que se encuentran a situaciones de precariedad y situaciones vitales que impiden el desarrollo de modo integral y participativo de los ciudadanos que las sufren (Moreno: 2000).
Desde los años 90 los distintos gobiernos de los países europeos mantienen una implicación activa de inclusión de medidas y acciones positivas dirigidas hacia las personas con discapacidad, la mayoría de ellas, dirigidas a la plena integración de estas personas en el mercado de trabajo, tratando de combatir la discriminación laboral.
Concretamente en la Constitución Española del 78, en su artículo 49 dispone que: Los poderes públicos realizarán una política de previsión, tratamiento, rehabilitación e integración de los disminuidos físicos, sensoriales y psíquicos a los que prestarán la atención especializada que requieran y los ampararán especialmente para el disfrute de los derechos que este título otorga a todos los ciudadanos. El trabajo dignifica, y por tanto, constituye un derecho al que todos los ciudadanos tienen acceso.
Posteriormente se fueron implantando distintas normativas legales, como fue la Ley de Integración Social del Minusválido aprobada en 1982. En 1996 se elaboró el último Plan de Acción para las Personas con Discapacidad 1997-2002 (IMSERSO, 1996) cuyos principales pilares han sido la promoción de la salud y la prevención de las discapacidades, el cuidado y la rehabilitación, la educación especial, la integración en la comunidad y el mantenimiento de la vida independiente. Lo que se pretende con ello es la búsqueda de la promoción de los derechos de los discapacitados, facilitar su independencia, así como su calidad de vida y la igualdad de oportunidades.
En cuanto a la promoción del empleo de las mujeres, no sólo discapacitadas, se ha visto favorecida por el último Plan Nacional para el Empleo del Reino de España aprobado el 26 de abril de 2022 que propone, entre otras medidas, el refuerzo de las políticas de igualdad de oportunidades entre hombres y mujeres.
Las personas con discapacidad no solo pueden formar parte del mercado laboral ordinario, sino que también existen puestos de trabajo protegidos para amparar a este colectivo como puede tratarse de la reserva de plazas de aspirantes que deseen obtener un empleo público; así, el Gobierno les garantiza que un 7% de esas plazas van dirigidos a personas con alguna discapacidad superior al 33%. También desde la Fundación ONCE se ampara a este tipo de personas.
‘’El decimoprimer informe que presentó el Grupo Social ONCE analizando la brecha de género en la discapacidad desvela que las mujeres en ambos colectivos (con y sin discapacidad) cuentan con más frecuencia con contratos menos estables y se puede afirmar que las desigualdades están más condicionadas por el género que por la discapacidad, siendo las mujeres con discapacidad las que presentan una tasa de temporalidad y parcialidad más intensas y la peor remuneración. Si las mujeres con discapacidad percibieran el mismo salario que los hombres con discapacidad, esto supondría una ganancia bruta anual adicional de casi 690 millones de euros, equivalente al 0,1% del PIB. Y finalmente, si se igualara la ganancia de los hombres y mujeres con discapacidad a la de los hombres sin discapacidad, el impacto económico adicional superaría los 3.400 millones de euros, equivalente al 0,3% del PIB. En última instancia, si todos los colectivos igualasen su ganancia anual a la de los hombres sin discapacidad, el impacto potencial de cerrar la brecha salarial por discapacidad y por género se situaría en 54.400 millones de euros al año, el 4,4% del PIB de 2019’’.
GIMÉNEZ LÓPEZ, DULCE Y RAMOS LORENTE, MARIA DEL MAR (2003): La discriminación de las mujeres discapacitadas en España. Revista del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales. P. 59 y ss. Recuperado de: http://www.derechoaladesventaja.org/documentos/sociolog%EDa%20de%20la%20discapacidad.pdf#page=59
CLOSINGAP (2022): Women for a healthy economy. Informe 12.