«No pienses en un elefante»: la sostenibilidad de la vida y la economía feminista

Cuando pensamos en la palabra “economía” nos remitimos, de manera general, a determinados conceptos, como, por ejemplo, mercado financiero; capital; valor de cambio; juego de poder. En la gran mayoría de las veces, la connotación que le damos a la economía es negativa. Pero, al final, ¿es la economía “mala”? ¿Para combatir el capitalismo y la iniquidad que ese regenera tenemos que ser, precisamente, anti-capitalistas radicales? Quizá una posibilidad alternativa sea hablar de la sostenibilidad de la vida, rompiendo, así, con los binarismos a los cuales usualmente basamos nuestros argumentos. La economía feminista surge, pues, en esa búsqueda de una nueva perspectiva, la economía de género, proponiendo dos corrientes de revisión del modelo androcéntrico que se refleja en la economía tradicional, cuáles sean, la economía feminista de la conciliación y la economía feminista de la ruptura.

Cabe aquí señalar que la distinción entre lo económico/ lo no económico y la definición de lo que es (o no) considerado trabajo está lejos de ser neutral ante el género. Las dimensiones que se han erigido en económicas se han masculinizado, mientras que las no-económicas se conformaran mediante la identificación con los roles, espacios, intereses y características históricamente adscritos a las mujeres (Pérez Orozco, 2005, p.46).  

La economía feminista de la conciliación busca la diferenciación entre nosotras, las mujeres, y los hombres en el mercado y las tareas, no teniendo como enfoque el cuestionamiento del modelo ortodoxo. Tiene como objetivo discutir el trabajo doméstico no como una simple mejora “técnica” del análisis, sino una mejora de las posiciones de las mujeres, identificando la desigual adscripción del trabajo de mercado y doméstico entre los dos sexos (Pérez Orozco, 2005, p. 51). Puede, pues, ser relacionada al feminismo de la diferencia.

La economía feminista de la ruptura, a su vez, propugna cambios mucho más profundos, por medio del cuestionamiento de las bases mismas de los discursos androcéntricos, tanto en lo relativo a la epistemología, como a los conceptos y los métodos (Pérez Orozco, 2005, p. 45), pudiendo ser comparada al feminismo radical. Esa corriente considera que la estrategia, de la economía feminista de la conciliación, de integrar los cuidados del hogar y la reproducción en cuanto una nueva esfera de actividad económica implica problemas insuperables, puesto que el centro del análisis sigue siendo lo mercantil y que las esferas feminizadas no dejan de tener una importancia secundaria (Himmelweit, 1995, citado en Pérez Orozco, 2005, p. 54). Centra sus argumentos en el ya mencionado concepto de sostenibilidad de la vida, es decir, en los procesos de satisfacción de las necesidades (Carrasco, 2001, citado en Pérez Orosco, 2005, p. 54). Pero ¿cómo se miden, a final, esas necesidades? La reflexión sobre tal cuestión me hizo acordar de la pirámide de las necesidades de Maslow, que las define como: fisiológicas, de seguridad, de afiliación, de reconocimiento y de autorrealización.

Dicho eso, planteo algunas preguntas: ¿Todas(os) tenemos, mujeres y hombres, las mismas necesidades propuestas por la teoría de Maslow? ¿Todas(os) las valoramos de igual manera? Siendo multidimensionales, ¿son las necesidades siempre jerárquicas o pueden presentarse de otro modo? Una vez que son opuestos los conceptos de sostenibilidad de la vida/satisfacción de necesidades y lo de acumulación de capital/mercado, porque, paradójicamente, ¿la lógica de la sociedad sigue siendo “el tener” para “ser”?

Referencia

Pérez Orozco, Amaya. (2005). Economía del género y economía feminista ¿conciliación o ruptura?Revista venezolana de estudios de la mujer, vol. 10, nº 24, p 43- 64. Obtenido dehttps://dialnet.unirioja.es/servlet/articulo?codigo=5855457


El mercado de la prostitución:

La prostitución debe ser legal o regulada? tal vez ninguna de las dos …

Así se intitula un artículo de la revista brasileña AZMINAS que empieza el tema presentando la prostitución de las travestis en São Paulo. La autora cuenta su experiencia, se pasando por travesti en las calles, no pudiendo, no obstante, ser descubierta por las demás travestis y prostitutas que actúan en el local. Una travesti, amiga suya y que posibilitó el estudio para la investigación, cuenta que, cierta vez, estaba hablando con unas colegas mientras esperaba clientes, cuando apareció un tipo disparando con una pistola. Además de la violencia que sufren por la sociedad, relata que entre ellas mismas hay peleas y asesinatos, existiendo una “jefe de las prostitutas” que cobra por un “espacio en la calle”. El padrón de belleza también es a ellas impuesto, debiendo inyectarse, en los senos y las caderas, productos de autos o limpieza, lo que causa, muchas veces, la muerte. La expectativa de vida de las travestis y transgéneros brasileñas es de 30 años, según estima el grupo de activismo carioca Transrevolução. El Instituto Nacional de Estadística de Brasil (IBGE) no dispone de datos sobre la cuestión. La Policía Civil informó que, en los últimos cuatro años (de 2013- 2017) apenas dos muertes de travestis fueron investigadas.

La polémica de la prostitución genera divergencias. De un lado, hay quienes afirman que es una mercantilización indigna del cuerpo y de la sexualidad de las mujeres. De otro, el hecho de que la prohibición deja a las mujeres aún más en la margen de la sociedad siendo, pues, necesario “traerlas a la legalidad para que encuentren más seguridad y puertas de salida”. Para esa ultima frente, calificar la venta de servicios sexuales como degradante es, al menos, equivocado en un contexto capitalista en que todo el mundo tiene que vender alguna habilidad para sobrevivir.

En Brasil, las principales organizaciones de prostitutas se oponen a cualquier manera de penalización, sea de clientes o de personas que obtienen lucros a partir del trabajo de profesionales del sexo, puesto que, si la ley penaliza el trabajo en clubes y burdeles, queda para las mujeres trabajadoras sexuales solo la vulnerabilidad de las calles o de las casas ilegales. Entre los modelos de leyes en diferentes países, el modelo de Suiza es, en las palabras de la autora de ese artículo, “el hijo menor de los modelos legales”. En dicho país hay, desde agosto de 2013, drive-ins que están abiertos de domingo hasta miércoles, de las 19h hasta las 3h. Su creación se basó en la idea de ser establecimientos seguros, administrados por el gobierno, en que prostitutas pudiesen pagar un pequeño alquiler y atender allí sus clientes, bajo la mirada atenta del Estado y centralizando hasta 50 profesionales del sexo en el mismo local para proporcionar condones, tratamiento médico, protección policial y consultoría de trabajadores sociales.

En el mercado de la prostitución, existe, también, la desigualdad salarial entre mujeres y hombres. Hombres prostitutos o “gays por dinero” ganan más que mujeres prostitutas. En fin, sean los que defienden la legalización o la prohibición de la prostitución, el consenso es que “si hubiese justicia y equidad social, no habría prostitución como la conocemos hoy”.

Referencia:

Revista AZMINA. ¿La prostitución debe ser legal o regulada? Tal vez ninguna de las dos… (26 de abril de 2017) por Nana Queiroz. Obtenido de https://azmina.com.br/reportagens/la-prostitucion-debe-ser-ilegal-o-regulada-tal-vez-ninguna-de-las-dos/

Mera igualdad formal o efectiva igualdad material

Sitúa Rosa Giles Carnero (2005) que las voces feministas han cuestionado la neutralidad del sistema jurídico del Derecho Internacional Público, abogando una aproximación de esta disciplina a los intereses de las mujeres y contemplando la problemática de género (p. 61), siendo la doctrina norteamericana pionera en el interés en incluir la perspectiva de género en los análisis jurídicos e incluyendo, en el Simposium sobre Metodología en Derecho Internacional, publicado en 1999, los aportes feministas entre las siete orientaciones fundamentales para el desarrollo del Derecho Internacional (p. 62). En España, de acuerdo con Encarna Carmona Cuenca, la Constitución de 1978 consagró el derecho fundamental a la igualdad, proscribiendo toda la discriminación en razón de género, aunque el art. 14 CE se vale del término ‘sexo’ al lugar de ‘género’. En el plan internacional, la expresión ‘género’ empezó a ser utilizada en la III Conferencia Mundial de Naciones Unidas sobre las Mujeres, celebrada en Nairobi en el año de 1985 (2005, p. 149- 150).

Susana De Tomás Morales, 2010, subraya el claro objetivo de la Declaración adoptada en la Cuarta Conferencia Mundial de las Naciones Unidas sobre las Mujeres de Beijing, 1995, cual sea, lo de conseguir la igualdad de género de facto, siendo la igualdad derecho fundamental que compete a toda la sociedad, estando, pues, los Estados obligados a promover y proteger los derechos y libertades fundamentales de forma total y universal (p. 27). Esta igualdad está intrínsecamente vinculada al cambio de las estructuras de poder y procesos de toma de decisiones, siendo la participación equilibrada de las mujeres, definidas por la mencionada Plataforma de Acción, parte de los derechos fundamentales, objetivos y retos la sociedad globalizada universal (Nieves Saldaña, 2010, p. 111- 112). Beijng +10, de 2004, y Beijing +15, de 2010, siguen planteando estos rectos, puesto que las mujeres siguen sin suficiente representación de modo a poder influir en los enfoques de la legislación e incorporar en ella sus perspectivas e inquietudes (Nieves Saldaña, 2010, p. 115).

No obstante la igualdad formal (entre mujeres y hombres) de Conferencias, Leyes o Informes, en la práctica nosotras, las mujeres, seguimos relegadas a un según plan, de modo que nuestra participación en el mercado de trabajo sigue siendo menor, además de la brecha salarial en la cual ganamos menos que los hombres, bajo maniobras diversas, ejerciendo misma actividad.

En el mismo sentido, Informe del Banco Mundial (BM), presentado en mayo de 2018, divulga que nosotras, las brasileñas, mismo representando un 51% de la población, cobramos un 25% menos para ejercer las mismas tareas que los hombres. Componemos un 43% del mercado de trabajo y recibimos un 75% del sueldo de los hombres. Además de eso, representamos un 37,8%. Según el BM, la reducción de las desigualdades de género podría aumentar en 104.740 millones de dólares (un 3,3 %) el Producto Interno Bruto (PIB) brasileño.

REFERENCIAS:

Carmona Cuenca, Encarna. (2010). Igualdad de género en la universidad: órganos de dirección y decisión. En Manuela Mora Ruiz, Rosa Mª Giles Carnero, María Nieves Saldaña Díaz (Cords.) Formación y objeto del Derecho antidiscriminatorio de género: perspectiva sistemática de la igualdad desde el Derecho público. (Vol. 1,  p. 149- 164). Barcelona: Atelier.

De Tomás Morales, Susana. (2010). La labor del Consejo de Europa en materia de iguyaldad de género. En Manuela Mora Ruiz, Rosa Mª Giles Carnero, María Nieves Saldaña Díaz (Cords.) Formación y objeto del Derecho antidiscriminatorio de género: perspectiva sistemática de la igualdad desde el Derecho público. (Vol. 1,  p. 17- 32). Barcelona: Atelier.

Giles Carnero, Rosa. (2005). El legado del pensamiento feminista en el derecho internacional público. En Mar Gallego Durán, Rosa García Gutiérrez (Cords.) El legado plural de las mujeres (p. 61- 72). Sevilla: Alfar.

LA VANGUARDIA. Brasileñas cobran un 25 menos que compañeros hombres, según Banco Mundial. (15/5/2018). Obtenido de https://www.lavanguardia.com/vida/20180515/443590099616/brasilenas-cobran-un-25–menos-que-companeros-hombres-segun-banco-mundial.html

Naciones Unidas. (1995). Cuarta Conferencia Mundial Sobre la Mujer. Beijing: Naciones Unidas.

Nieves Saldaña Díaz, María. (2010). La participación equilibrada de género en el ámbito autonómico: balance y perspevctivas. En Manuela Mora Ruiz, Rosa Mª Giles Carnero, María Nieves Saldaña Díaz (Cords.) Formación y objeto del Derecho antidiscriminatorio de género: perspectiva sistemática de la igualdad desde el Derecho público. (Vol. 1, p. 111- 147). Barcelona: Atelier.