El mercado del trabajo siempre ha sido objeto de confrontaciones entre los partidos políticos y entre la sociedad civil. En particular la reforma laboral del 2012, aprobada por el Gobierno popular de Mariano Rajoy, ha modificado la reforma antecedente del 2010 del segundo Gobierno de Zapatero. Uno de los cambios más importantes han afectado a las categorías más vulnerables de la sociedad –los jóvenes y las mujeres- ha sido la modificación del artículo 84.2 del Estatuto de los trabajadores, estableciendo que “la regulación de las condiciones establecidas en un convenio de empresa, que podrá negociarse en cualquier momento de la vigencia de convenios colectivos de ámbito superior, tendrá prioridad aplicativa respecto del convenio sectorial estatal, autonómico o de ámbito inferior en las siguientes materias: a) La cuantía del salario base y de los complementos salariales, incluidos los vinculados a la situación y resultados de la empresa; b) El abono o la compensación de las horas extraordinarias y la retribución específica del trabajo a turnos; c) El horario y la distribución del tiempo de trabajo, el régimen de trabajo a turnos y la planificación anual de las vacaciones; d) Las medidas para favorecer la conciliación entre la vida laboral, familiar y personal”.
Este cambio ha perjudicado de forma substancial la posición de los trabajadores en el mercado laboral español porque si por un lado ha flexibilizado la creación de nuevos puestos de trabajos, por el otro lo ha desfavorecido con menores garantías, empleo más precario y temporal.
Todo esto se puede ver en el gráfico donde se evidencia la tasa de paro de los hombres (color azul) y de las mujeres (color violeta) desde el primer trimestre del 2011 hasta el cuarto trimestre del 2019. Se puede notar como la tasa de paro ha llegado en su máximo en el primer trimestre de 2013 con un porcentaje de 27,26% para las mujeres y de 26,66% para los hombres. Después de estos datos, la tasa de paro para el conjunto de los trabajadores y trabajadoras ha caído hasta su mínimo, en el cuarto trimestre de 2019, aunque con una incidencia mayor para las mujeres (15,55%) en relación con la de los hombres (12,23%).
Imagen extraída de: https://www.ine.es/
Claramente si antes de la reforma laboral del 2012 la regla era la regulación de los contratos con la contratación colectiva, los colectivos más vulnerables de la sociedad – las mujeres y los jóvenes – podían ser protegidos gracias a una legislación más favorable a la población trabajadora. Después de dicha reforma la situación ha cambiado radicalmente.
Con referencia a los roles de poder hoy en día el empresario detiene una fuerza contractual mucho más fuerte respecto a las mujeres porque puede imponer condiciones laborales desfavorables a la hora de conciliar la vida privada y laboral. Además todo esto se sitúa en un contexto donde los derechos laborales se han comprimido y con ellos también las remuneraciones. Por esa razón se puede decir que la reforma laboral de 2012 ha tenido un impacto, no solo económico, sino social y psicológico en la vida de las mujeres. También los estereotipos de género y el patriarcado influyen de forma negativa en la facilidad de las mujeres para alcanzar una estabilidad laboral y económica.
En conclusión, sería bueno que el gobierno impulsase una contrarreforma laboral, favoreciendo la incorporación de las mujeres y también de los jóvenes en el mercado del trabajo porque tener un trabajo estable y bien remunerado fomenta la independencia económica y social de los individuos.
Referencias:
Bloque 2: Principales condicionantes de la desigualdad de género en el mercado laboral.
Instituto Nacional Estadistica: https://www.ine.es/
Pilar Núñez-Cortés Contreras. “La reforma laboral 2012. Su impacto en la economía y el empleo”.Dykinson, 2013.