La desigualdad se esconde en cualquier parte: ¿En los permisos de maternidad y paternidad?

Ilustración: La Vanguardia

Desde hace años, se viene aludiendo al permiso de paternidad como uno de tantos de los aspectos que fomenta la desigualdad entre mujeres y hombres. Por esta razón, la normativa que alude a las prestaciones y permisos por razones de maternidad y paternidad, están desde hace tiempo en el punto de mira.

En primer lugar, cabe destacar que, las leyes parentales nacieron para fomentar el estilo de vida familiar, asegurar la natalidad y el rol de la mujer en la esfera privada, es decir, brotó como mecanismo para proteger el modelo de familia tradicional. En el caso de España, con la aprobación de la Ley para la igualdad entre hombres y mujeres de 2007, se consideró preciso focalizar su atención en el permiso de paternidad, con el fin de conciliar la vida familiar, personal y laboral. Por tanto, en dicha normativa se aprobó por primera vez un permiso de paternidad a cargo de la Seguridad Social, el cual le otorgaba a los padres la opción de poder disfrutar de un permiso de 13 días, más 2 días que ya eran reconocido anteriormente por el Estatuto de Trabajadores (Escobedo y Flaquer, 2014).

Desde entonces, esta Ley Orgánica ha mantenido en constante movimiento el permiso de paternidad, para que la madre y el padre disfruten de un permiso de manera compartida, con el objetivo de alcanzar la igualdad entre ambos sexos. En el 2017 se amplió el plazo a 4 semanas; en 2018 en 5 semanas; el año pasado (2019) se agrandó a 8 semanas y en la actualidad (2020), se ha aumentado a 12 semanas, en comparación con las 16 semanas de baja por maternidad que tiene la madre, las cuales no se han modificado desde el año que entraron en vigor, 1989. No obstante, el objetivo de la presente legislación es igualar, en el año 2021, el permiso del padre asignándole las mismas semanas de permiso que a la madre.

En segundo lugar, una vez citadas las modificaciones, nos preguntamos: Realmente, ¿estos cambios de temporalidad aseguran la igualdad?

Por un lado, si nos centramos en el objetivo final de la normativa, es preciso subrayar que, de las semanas de permiso, solo 6 son obligatorias en concordancia entre ambos progenitores, para la madre serán asignadas a tiempo completo, pero en el caso del padre, pueden ser tomadas de manera completa o parcial. Para las 10 semanas restantes no existen diferencias (Real Decreto-ley 6/2019). Por consiguiente, teniendo en cuenta que el padre puede distribuir el permiso, predecimos que, en la mayoría de los casos, la empresa y el trabajador llegarán a un acuerdo que, siendo coherente con la mayoría de los casos, dicho pacto será para el beneficio de la entidad, por tanto, cabe la posibilidad de que este no acceda al permiso. Además, en el caso de optar por la reducción de la jornada, el implicado seguiría activo, por tanto, tampoco estaría comprometido totalmente en la labor. De este modo, podemos apreciar que, aunque el deseo del padre sea repartir, a partes iguales, el cuidado del menor o la menor con la madre y así, ajustarlo con el empleo, en determinadas ocasiones, este se podría enfrentar a diversas trabas.

Asimismo, también debemos de tener en cuenta que cuando ambos toman el permiso, no nos aseguramos de que la mujer no sea la que lleve mayor carga doméstica – familiar, es decir, limpiar, cocinar, lavar, entre otras, y que, por el contrario, el hombre se encargue de un menor número de labores o de las menos complejas, tales como, jugar con el menor o bañarlo (Merino, 2019).

En esta ocasión, debido al límite de extensión de la contribución, solo se han analizado algunos aspectos de dicha normativa. Sin embargo, en ella existen mayor número de incongruencias, asimismo, no incide igualmente en todos los casos, como puede ser la situación de las familias homosexuales, ya que nuestro sistema sigue estando estructurado acorde al modelo de familia tradicional. En consecuencia, con lo expuesto, aquí tenemos un ejemplo de desigualdad en el ámbito laboral, además, apreciamos como el diseño de la ley se estructura para agradar a la ciudadanía, sin embargo, sufre un gran vacío interno.

A pesar de que, en el año 2021, se habrá conseguido que el permiso de maternidad y paternidad tengan la misma duración. Este hecho no nos garantiza la igualdad entre mujeres y hombres. Asimismo, la igualdad no reincide única y exclusivamente en la ley, es decir, no podemos sentarnos a esperar a que la normativa nos ampare. Es cierto que, es un aliciente más en el camino hacia la igualdad, pero el verdadero peso recae en la concienciación social y en la educación que recibimos desde edades tempranas, la cual debe de estar enfocada a desarrollar valores sociales y personales orientados a la igualdad entre mujeres y hombres, así como a conseguir la implicación de ambos en la crianza y cuidado de los hijos e hijas.

  • Referencias Bibliográficas

Escobedo, A., & Flaquer, L. (2014). Licencias parentales y política social de la paternidad en España. Cuadernos de Relaciones Laborales, 32, (1), 69-99. Recuperado de http://www.cielolaboral.com/

Merino, P. (2019) Ya tenemos los permisos iguales e intransferibles, ¿y ahora qué?. Pikara Magazine. Recuperado de https://www.pikaramagazine.com/

Real Decreto-ley 6/2019, de 1 de marzo, de medidas urgentes para garantía de la igualdad de trato y de oportunidades entre mujeres y hombres en el empleo y la ocupación. BOE núm. 57, Jefatura del Estado, Madrid, España, 7 de marzo de 2019.

La cara oculta de la libertad: La obligación de elegir.

Ilustración: Vitónica

El deporte dentro del mercado laboral es uno de los sectores que engloba a un gran número de personas empleadas. Dentro de este sector se encuentran las atletas y los atletas; los jugadores y las jugadoras profesionales; las preparadoras y los preparadores físicos, los entrenadores deportivos y las entrenadoras deportivas, entre otros. Varios son los especialistas y profesionales que depositan su confianza en el crecimiento de este sector económico, pero, sobre todo, muchas son las voces que afirman que el empleo femenino dentro del mercado laboral deportivo está aumentando favorablemente. Sin embargo, escasas son las menciones que aluden al motivo por el que muchas deportistas profesionales se ven obligadas a retirarse del deporte y, por ende, a abandonar su verdadera vocación.

En esta ocasión vamos a centramos en el deporte de alto nivel, es decir, aquel que vemos representado en los Juegos Olímpicos. Aunque esta competición se celebre cada cuatro años, las personas deportistas que participan en ella precisan de muchas horas de esfuerzo y sacrificio, ya que el éxito y la permanencia en estos deportes requieren de una dedicación y un entrenamiento constante. Situación que veta a la mujer del mercado laboral deportivo. Como sabemos, en el pasado los roles de género tradicionales, obligaban a las mujeres a ser madres y a realizar las labores domésticas-familiar. No obstante, aunque esa opresión ha quedado atrás, cabe subrayar que las mujeres siguen haciendo frente a las secuelas del pasado y, en la actualidad, no pueden conciliar su vida laboral con la familiar-personal.

De hecho, recientemente, en el periódico “20minutos”, comparecía Ona Carbonell nadadora española y capitana del equipo de natación sincronizada, en dicho comunicado exponía que renunciaba a los Juegos Olímpicos de Tokio 2020 para centrarse en su vida personal y familiar.

“Quiero dedicar más tiempo a mi familia, que siempre está a mi lado, cuidarla como se merece y también ampliarla. Como mujer y deportista, conciliar mi vida profesional con la personal implica asumir decisiones como esta y dejar el deporte a un lado”. (Carbonell, 2019, s/p).

A través de esta intervención, la deportista lamentaba su retirada del deporte. Por consiguiente, analizando las palabras de Ona Carbonell y examinando su situación, podemos llegar a la conclusión de que los roles de género femeninos siguen estando arraigados a la sociedad actual, además, son apoyados por unas inadecuadas políticas de conciliación personal, familiar y laboral, mediante las cuales, las personas afectadas siempre son las mujeres. Tal y como hemos visto en el bloque III de esta asignatura, todavía no se han conseguido generar políticas de conciliación, lo suficientemente eficaces, para conseguir una participación equilibrada entre mujeres y hombres, tanto en la vida familiar como en el mercado de trabajo. En consecuencia, el mercado laboral deportivo es una muestra más de la discriminación que sufre la mujer en el ámbito laboral.

Es cierto que, el deporte es uno de los entornos donde hemos podido apreciar con gran énfasis la discriminación que han sufrido las mujeres, ya que tradicionalmente, estas han sido excluidas de dicho sector por el hecho de no asemejarse con su rol de género. No obstante, esta situación, gracias a la lucha y constancia de las mujeres, está mejorando. Sin embargo, es duro que hoy en día, sigan existiendo testimonios de deportistas que deciden abandonar sus profesiones y sus sueños, sintiéndose obligadas a elegir entre la familia y el empleo por el hecho de ser mujer y, de que no se hayan querido implantar unas políticas de conciliación plenamente igualitarias, las cuales les permitan distribuir el tiempo.

Finalmente, cabe destacar que en esta contribución se ha abordado el sector deportivo, pese a que esta situación se produce en los diversos ámbitos del mercado laboral. Continuamente, vemos a mujeres que abandonan su formación, su carrera profesional o su empleo debido a unas políticas de igualdad de género que no llegan, por tanto, podemos concluir reflexionando sobre la brecha laboral de género que todavía existe, aunque pretenda ocultarse.

  • Referencias Bibliográficas

Carbonell, O. (21 de septiembre de 2019). Ona Carbonell se retira temporalmente y renuncia a los Juegos Olímpicos de Tokio 2020. 20 minutos. Recuperado de https://www.20minutos.es/deportes/noticia/ona-carbonell-retirada-temporada-tokio-2020-familia-3772203/0/

¿Empleadas del hogar o esclavas domésticas?

Ilustración: Cadena Ser

El día 29 de enero de 2020, se realizaba una entrevista en la Cadena Ser titulada: “Trabajadoras del hogar: una anomalía de nuestro mercado laboral”. En ella se puso en relieve la realidad que viven las empleadas del hogar, las cuales suelen abordar las tareas domésticas, cuidado de menores, mayores o de personas dependientes.

Cabe destacar que este es un sector feminizado y poco valorado social y políticamente, además, se caracteriza por la presencia de trabajadoras extranjeras. La mayoría de las empleadas del hogar no están dadas de altas y en el caso de estarlo tienen un contrato a tiempo parcial, incluso aunque desempeñen la jornada completa. No obstante, escasas son aquellas que tienen esta “suerte” (Galvao, 2020).

Por un lado, las empleadas no son adscrita en la Seguridad Social, sino que tienen un sistema específico, que no les otorga el derecho a una retribución cuando quedan desempleadas. Esta situación, también les impide la posibilidad de una cotización habitual y, por ende, no podrán tener derecho a una jubilación digna, sino que cobrarán la mitad del salario mínimo (Zaguierre, 2020).

Por otro lado, no tienen derecho a días de asuntos propios o vacaciones, además, pueden ser despedidas sin alegar ninguna causa o por motivos incongruente, como puede ser por embarazo. Asimismo, algunos testimonios relatan el maltrato psíquico que han llegado a sufrir y la sumisión que han tenido que soportar por el miedo a ser despedidas (Galvao, 2020).

Desde hace años, las empleadas del hogar vienen luchando para que se les reconozca sus derechos como al resto de trabajadores de otros colectivos. Sin embargo, esto se ha convertido en un tema de interés político, el cual utilizan en sus discursos para manipular los votos sociales, pero una vez conseguidos, sus promesas siempre acaban en el olvido. Por consiguiente, estas trabajadoras se encuentran desamparadas, sufriendo una explotación laboral de la cual, los diversos gobernantes han sido partícipes.

Así pues, cabe destacar que en el Real Decreto 1462/2018, de 21 de diciembre, el Gobierno incrementa el salario mínimo de las empleadas del hogar a 900€ mensuales, ya que años anteriores este no se exhibía de los 521€ (Real Decreto 1462/2018). Asimismo, el actual gobierno también planteó, en las pasadas elecciones, erradicar todas las desigualdades anteriormente citadas. Sin embargo, hasta la fecha no existe constancia de ello y, probablemente, después de esta pandemia del coronavirus, dudo que las condiciones de las trabajadoras del hogar se conviertan en una de las prioridades del Estado.

Por todo ello, me pregunto: ¿Qué habrá sido de las empleadas del hogar en tiempos de pandemia? La respuesta la encuentro en una noticia publicada por el periódico “El Mundo”, la cual afirma que, el Gobierno les facilitará una ayuda económica, durante un mes, por las que obtendrán el 70% del sueldo que percibían antes de su despido por la crisis del COVID-19 (Urrutia, 2020). Iniciativa prometedora, teniendo en cuenta que hasta ahora estas empleadas vienen siendo la lava del mercado laboral.

Sin embargo, en esta ocasión hay un asunto que se obvia y, es que, la mayoría de estas trabajadoras no podrán recibir dicha ayuda, debido a que la subida del Salario Mínimo Interprofesional supuso un aumento en los cargos de contingencia a pagar por el contratante, hecho que provocó el despedido de muchas y el incremento de trabajo en negro. Por lo tanto, estas empleadas en suspensión no constarán en el listado de prestaciones por despido de causa mayor, es decir, quedarán exentas de recibir dicha ayuda (Urrutia, 2020). Además, es preciso subrayar que la ayuda del Gobierno solo durará un mes periodo que en estos momentos ya habrá concluido, pese a que, la pandemia sigue presente.

Por último, una vez analizada la discriminación laboral que han sufrido y siguen sufriendo las empleadas del hogar, cabe señalar que tal y como hemos visto en esta asignatura, a pesar de que este empleo genera grandes beneficios sociales y permite la sostenibilidad,  las escasas medidas e instrumentos que se han abordados, no han sido capaz de combatir las malas condiciones laborales ni los pésimos horarios que afrontan estas trabajadoras, las cuales durante años vienen luchando por conseguir una vida digna y humanitaria, que, sin embargo, no han logrado. De hecho, este escenario sigue siendo un tema, el cual debe de hacernos reflexionar sobre la situación, de desigualdad y discriminación, que muchas mujeres siguen viviendo en el mercado laboral. Es cierto que se ha progresado bastante, pero no me cabe la menor duda de que nos queda mucho por avanzar si queremos que nuestro destino sea la igualdad.

  • Referencias Bibliográficas

Galvao, A. (2020). Trabajadoras del hogar: una anomalía de nuestro mercado laboral. Cadena Ser. Recuperado de https://cadenaser.com/programa/2020/01/29/hora_25/1580334707_128208.html

Real Decreto 1462/2018, de 21 de diciembre, por el que se fija el salario mínimo interprofesional para 2019. BOE núm. 312, Ministerio de Trabajo, Migraciones y Seguridad Social, Madrid, España, 27 de diciembre de 2018.

Urrutia, C. (2020). El Gobierno extenderá a las empleadas del hogar las ayudas por suspensión de empleo por el coronavirus. El Mundo. Recuperado de https://www.elmundo.es/economia/2020/03/25/5e7b2fa221efa0832b8b4584.html

Zaguirre, A. (2020). Trabajadoras del hogar: una anomalía de nuestro mercado laboral. Cadena Ser. Recuperado de https://cadenaser.com/programa/2020/01/29/hora_25/1580334707_128208.html