MAINSTREAMING EN LAS POLÍTICAS PÚBLICAS

igualdad1Hasta la instauración de la Constitución en 1978, que elimina por fin todo tipo de discriminación legislativa, las mujeres españolas no vivían en una situación de desigualdad, sino de una absoluta marginación. Así, mi abuela y muchas mujeres de su generación necesitaban el permiso de su marido para poder salir de viaje, abrir una cuenta bancaria, etc. Las mujeres estábamos permanentemente tuteladas: primero por nuestros padres o hermanos, y luego por nuestros maridos e incluso hijos en los casos de viudez.

Es obvio que afortunadamente el panorama ha cambiado en los últimos años, por los avances legislativos producidos a partir de la Constitución del 78, siendo desde mi punto de vista los dos más significativos a nivel nacional la Ley Orgánica de Protección Integral contra la Violencia de Género (LOPIVG 1/2004, de 28 de diciembre) y la Ley Orgánica de Igualdad Efectiva entre Mujeres y Hombres (LOIEMH 3/2007, de 22 de marzo), pero no debemos tampoco olvidar los avances sociales producidos por la repercusión de acciones específicas. Muchas de ellas, han sido consecuencia de la aplicación en las políticas públicas del mainstreaming o transversalidad, que se han subido al tren luchando contra las barreras discriminatorias por razón de género especialmente en los países occidentales, pues sus Gobiernos dan por hecho que no se puede construir una sociedad en la que la mitad de su población no participa ni está representada de igual manera en todos los ámbitos. Por ello, estas políticas públicas incorporan el concepto de transversalidad o mainstreaming, que es la estrategia de igualdad de género más reciente e importante que se ha dado en los últimos años. Es un fenómeno internacional, adoptado por la ONU en la Plataforma de Acción de la Conferencia sobre la Mujer celebrada en Beijing en 1995, y la Unión Europea es, en la actualidad, un claro ejemplo en su desarrollo y avance.

Con la transversalidad de género como práctica, se pretende la mejora de la efectividad de las políticas públicas, mostrando la naturaleza de género en lo que se adopta, en los procesos y en los resultados. Como teoría, el mainstreaming es un proceso de revisión de los conceptos principales para comprender de manera más adecuada un mundo en el que el género está presente, más que el establecimiento de una teoría separatista. Un rasgo que se incluye normalmente en las definiciones de transversalidad es la práctica de mostrar la manera en la que las relaciones de género tienen importancia en las prácticas institucionales, donde anteriormente éstas habían sido vistas como marginales o irrelevantes. Esto sirve para facilitar la implementación de una estrategia tanto para la igualdad de género como para la mejora de las políticas públicas. La idea es que los temas relativos a la igualdad de género sean parte de la agenda política principal en vez de ser un asunto secundario.

Se trata de cambiar la forma patriarcal de ver la realidad social y de establecer criterios y prioridades de la agenda política dominante que normalmente asumen como referencia principal el modelo masculino. Es una manera diferente de observar la realidad, para poder ver nítidamente cuales son las discriminaciones de género, donde están y como podemos superarlas. Para ello, los responsables de la elaboración y ejecución de estas políticas deben ponerse las “gafas violetas”, que les hagan más conscientes de los prejuicios y estereotipos de género, que les permitan ver más claramente donde están las desigualdades entre mujeres y hombres y como pueden desde la perspectiva política actuar para eliminarlas.

Esto repercutirá en la planificación y elaboración de políticas, análisis y recogida de datos estadísticos, aplicación de proyectos, gestión del personal, distribución de recursos, evaluación de medidas, etc.

Dicho todo esto, mi reflexión personal va en la línea de si todas estas medidas legales y políticas acabarán de una vez por todas con las relaciones de desigualdad que se producen en el ámbito cotidiano entre hombres y mujeres, es decir, si la IGUALDAD LEGAL dará paso finalmente a una IGUALDAD EFECTIVA. No sé que pensáis las y los que en este momento leéis estas líneas; quiero ser optimista.


Un Comentario

  1. Estoy muy de acuerdo con lo que expones, en términos de que la inclusión de la transversalidad de género ha sido (y espero siga siendo) una excelente herramienta para avanzar en la igualdad de género, al menos desde el punto de vista legal y de planificación de políticas.
    Sin embargo, uno de los problemas que veo al respecto es la escasa cantidad de profesionales con el conocimiento y la concienciación para aplicar esta metodología, especialmente a nivel local.
    Además, lamentablemente el tener conocimientos en género se ha transformado en un plus al momento de postular a un trabajo o a un ascenso, por lo que algunas personas se están capacitando no por compromiso con el cambio, sino por interés personal…. y no estoy criticando a quienes lo hacen, están en su derecho, pero no nos podemos engañar.
    Insisto, yo también quiero ser optimista, pero para la Igualdad Efectiva aún tenemos mucho camino que recorrer

  2. El tercero de los Objetivos de Desarrollo del Milenio llama a la promoción de la igualdad de género y a la autonomía de la mujer-.

    La importancia de lograr este objetivo es alcanzar niveles equivalentes de bienestar entre hombres y mujeres, niños y niñas.

    Hay que invertir en la igualdad de género, éste es un objetivo transversal que debe ser abordado, teniendo en cuenta que el mejorar la calidad de vida de la mujer, repercute en bienestar para los otros miembros del hogar, especialmente de los hijos.

  3. El concepto de transversalidad de género es un paso más amplio que las medidas de acción positiva es un concepto que debe entenderse desde mi opinión como un gran avance para lograr la igualdad entre hombres y mujeres.
    Con este concepto parece que todas las políticas públicas quedan impregnadas con el mátiz de género. Pero para que esto sea una realidad desde los Ayuntamientos hasta el Gobierno deben de obligar a que se cumplan las medidas puestas en marcha. Las Administraciones contemplan en la teoría la transversalidad de género pero después no se traducen en las medidas y en la obligatoriedad de cumplir estas.

  4. Considero que la transversalidad de género es un paso importante para eliminar las discriminaciones de género en todos los ámbitos de la sociedad, sin embargo, también coincido con maiarani en que faltan profesionales con la capacitación requerida para implementar este tipo de medidas y, tal como apunta ella, me parece que muchas veces las personas se especializan en estudios de género porque es lo que está «de moda» y mejora su currículum, sin tener una verdadera conciencia social de la situación de marginalidad que vivimos las mujeres.


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